Socios Adheridos
¿Eres un empresario o profesional en activo?
¡Entonces, eres el candidato perfecto para unirte a SECOT! Nuestros Socios Adheridos apoyan nuestra actividad y son una parte muy importante de la Asociación.
¡únete a SECOT y marca la diferencia en el mundo empresarial!
¿Qué implica ser un Socio Adherido de SECOT?
Participación Activa: Mantente conectado con el mundo empresarial y contribuye directamente a la toma de decisiones en SECOT.
Valiosa Experiencia: Tu experiencia cotidiana en el ámbito empresarial es una valiosa fuente de conocimiento que puede impulsar la eficacia y el dinamismo de SECOT.
Apoyo Económico: Colabora con una contribución anual de 100 euros, ayudando a promover y desarrollar la Asociación.
¿Me puedo deducir mis aportaciones económicas a SECOT?
Sí.
Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2024 a favor de SECOT.
Personas Jurídicas (IRPF) | Porcentaje de deducción |
Primeros 250€ | 80% |
Resto a parir de 250€ | 40% |
Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales* | 45% |
Límite deducción base imponible | 10% |
* Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) | Porcentaje de deducción |
Donaciones en general | 40% |
Donaciones plurianuales* | 50% |
Límite deducción base imponible | 15% |
* Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos
Notas:
1.- Deducciones aplicables después de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
2.- Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
3.- Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/